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viernes, 20 de marzo de 2020

Recomendaciones para la realización de asambleas de propiedad horizontal


Teniendo en cuenta que el Decreto 081 del 11 de marzo de 2020, expedido por la Alcaldiìa Mayor de Bogotaì, asiì como la Resolucioìn 385 del 12 de marzo del mismo anÞo, expedida por el Ministerio de Salud, respecto de las medidas sanitarias para la preservacioìn de la vida y mitigacioìn del riesgo, con ocasioìn de la situacioìn epidemioloìgica, causada por el COVID-19, el IDPAC les recuerda a los presidentes de la Asamblea de Copropietarios que solo estaìn permitidas las reuniones de maìximo 50 personas.

No obstante, se recomienda que en el caso de no ver pertinente la celebracioìn de la Asamblea General ordenada en la Ley 675 de 2001, se aplace la misma hasta que la situacioìn epidemioloìgica esteì controlada. Lo anterior como un acto de solidaridad y responsabilidad con los ciudadanos ante la situacioìn excepcional de salud puìblica por la que atraviesa la ciudad de Bogotaì. No olvidemos que "Si me cuido, te cuido".
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